🗓️ Fecha de publicación: 3 de marzo de 2025
📜 Registro Oficial: Vigente desde diciembre de 2024
📌 ¿Qué busca este Reglamento?
El Reglamento a la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico tiene como objetivo principal aliviar las dificultades económicas de personas naturales, jurídicas y sectores productivos afectados por los racionamientos de energía eléctrica. A continuación, te explicamos los puntos clave:
📂 Capítulos principales del Reglamento
📋 CAPÍTULO I: Generalidades y coordinación interinstitucional
- Aplicación obligatoria para entidades públicas y privadas en todo el país.
- Se crearán mesas técnicas intersectoriales para implementar las medidas.
- Coordinación con gobiernos locales para aplicar programas.
- Protección de derechos de grupos de atención prioritaria.
🚗 CAPÍTULO II: Condonación de intereses y multas
- Agencia Nacional de Tránsito (ANT):
- Condonación del 100% de intereses y multas hasta el 30 de junio de 2025.
- No será requisito pagar multas para renovar licencias y matrículas hasta esa fecha.
- Créditos agroproductivos:
- Condonación de intereses para créditos en mora, en coordinación con BANECUADOR y el Ministerio de Agricultura.
🎓 CAPÍTULO III: Crédito educativo
- Remisión de deudas:
- Se condonarán obligaciones vencidas por créditos educativos, becas y ayudas económicas.
- Beneficiarios: deudores, codeudores, garantes y representantes legales.
- Plazo: 180 días para presentar la solicitud ante la SENESCYT.
- Beneficios:
- 12 meses de gracia sin intereses.
- Pago mínimo del 10% del capital adeudado durante la gracia.
- Condonación total: Para personas con discapacidad, enfermedades catastróficas, huérfanas o raras.
🏭 CAPÍTULO IV: Alivio financiero para MIPYMES y unidades productivas artesanales
- Requisitos:
- Estar inscritas en registros oficiales (RUM, RUA o RNE).
- Beneficios:
- Reprogramación de deudas con entidades financieras.
- Acceso a programas de apoyo para mercados nacionales e internacionales.
- Asistencia técnica y capacitación empresarial.
💼 CAPÍTULO V: Obligaciones tributarias
- Crédito tributario: Para empresas que no desvinculen trabajadores entre octubre y diciembre de 2024.
- Condonación de impuestos:
- Para contribuyentes RIMPE – negocio popular (impuesto a la renta 2022 y 2023).
- Obligaciones menores a un salario básico unificado con más de un año de mora.
💳 CAPÍTULO VI: Deudores del sistema financiero público
- Remisión de intereses y multas:
- Los deudores podrán solicitar la condonación de intereses, gastos judiciales y recargos.
- Suspensión de procesos coactivos durante la solicitud.
🏦 CAPÍTULO VII: Condonación de deudas de la banca cerrada
- Aplicación: Solo para operaciones no vinculadas registradas en RECYCOB.
- Beneficios:
- Condonación de intereses.
- Reestructuración de deudas con plazos extendidos.
🚨 Disposiciones transitorias
- Plazo de 60 días: Para que las entidades adecuen sus normas y faciliten el acceso a los beneficios.
- Difusión de beneficios: Las entidades tienen 30 días para informar a la ciudadanía.
🔄 Reforma al impuesto a la renta
- Ampliación de exoneración:
- Ahora aplica para personas naturales y jurídicas.
- Elimina el límite de dos enajenaciones por año.
- Excluye a quienes realizan actividades habituales de construcción y urbanización.
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